Acceso clientes
Abogados Gratis(Novedad importante reforma 2013: Se aumentarán los límites para que más ciudadanos puedan acceder a los servicios de "abogados gratis").En general, uno podrá consultar o acceder a usar "abogados gratis" (pagados por el sistema público de justicia gratuita) si:
Consultar abogados gratis mediante el procedimiento gratuito español (información general): En España, y dejando al margen las organizaciones sin ánimo de lucro que prestan servicios de consulta abogados gratis, existe lo que se conoce como Turno de Oficio. Se trata de un servicio público, prestado por abogados durante 24 horas, todos los días del año. El fin de este Turno de Oficio es el de garantizar un derecho fundamental reconocido en el artículo 24 de la Constitución Española apartado segundo, que establece lo siguiente:Todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la Ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia. De manera un poco más concreta, puede decirse que se garantiza el asesoramiento legal por parte de un abogado o letrado en cualquier asunto que lo requiera; un asesoramiento prestado por el Servicio de Orientación Jurídica. También se garantiza la representación procesal a través de un procurador antes los Juzgados y Tribunales de Justicia. Además, en determinados casos, también queda garantizado el pago de un perito, los gastos de Notario, y de Registrador Público. La Abogacía siempre ha manifestado su orgullo por la dedicación al Turno de Oficio, que lleva la justicia gratuita a todos aquellos en situación de indefensión o inviabilidad económica, a pesar de las bajísimas retribuciones que el Estado paga a los abogados que a ello se dedican. O quizá precisamente por eso. La Ley que regula la Asistencia Jurídica Gratuita es la Ley 1/1996 de 10 de enero y determina el contenido del derecho a la asistencia jurídica gratuita al que se refiere el artículo 119 de la Constitución Española, también el procedimiento de reconocimiento y efectividad de la misma. Para poder optar a lo que comunmente llamamos "abogado gratis" o "de oficio" es necesario cumplir ciertos requisitos como:
El contenido de dicha asistencia también lo especifica la Ley y señala que el derecho a la asistencia jurídica gratuita comprende las siguientes prestaciones:
Si deseas solicitar un abogado gratis con el fin de iniciar un proceso judicial, es necesario realizar la solicitud en el Ilustre Colegio de Abogados más cercano a su residencia, o acudir al Servicio de Orientación Jurídica. A través del siguiente enlace puedes encontrar el colegio de abogados más cercano: clic aquí. Es importante no confundir el Turno de Oficio con un abogado pro bono. Esta expresión latina (que en su forma completa es “pro bono publico”) viene a significar “para el bien público” y lo realiza un abogado de manera desinteresada, pero a título individual. El abogado del Turno de Oficio, en cambio, está pagado por el Estado. Aunque en ambos casos, se parte del mismo principio o concepto: que la Justicia ha de ser un derecho al alcance de todo el mundo, independientemente de las posibilidades económicas de la persona que se ve inmersa en un proceso judicial. |