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Abogados laborales

Si ha sufrido un despido, si su empresa ha cerrado o se sospecha que eso sucederá en breve, contáctenos a través del e-mail Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla

Veremos si existen abogados cercanos a usted que puedan ayudarle.

Podemos ayudarle en los siguientes temas:

  • Despidos y Ceses.
  • Despidos improcedentes: Son aquellos en que el empresario no demuestra el incumplimiento laboral o el despido no cumple los requisitos formales.
  • Reclamaciones de cantidad e indemnizaciones
  • Reconocimiento de derechos.
  • Expedientes de Regulación de Empleo (ERE): Es el procedimiento que se solicita a la Autoridad Laboral para suspender o extinguir definitivamente las relaciones laborales entre una empresa y sus empleados garantizando los derechos de los trabajadores.
  • Finiquitos: El finiquito es un documento por el que se pone fin a la relación laboral existente entre el trabajador y el empresario. Con su firma el empresario queda libre de abonar cantidad alguna al empleado, y éste queda libre de la obligación de trabajar a las ordenes del empresario. Comprende: la identificación, los devengos, las deducciones y la liquidación y firma.
  • Invalidez: La invalidez en su modalidad contributiva recibe el nombre de incapacidad permanente. Incapacidad permanente es la prestación económica que, en su modalidad contributiva, trata de cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales que sufre una persona, cuando estando afectada por un proceso patológico o traumático derivado de una enfermedad o accidente, ve reducida o anulada su capacidad laboral de forma presumiblemente definitiva.
  • Incapacidad laboral. Accidentes.
  • Pensiones: La prestación por jubilación, en su modalidad contributiva, cubre la pérdida de ingresos que sufre una persona cuando, alcanzada la edad establecida, cesa en el trabajo por cuenta ajena o propia, poniendo fin a su vida laboral, o reduce su jornada de trabajo y su salario en los términos legalmente establecidos. Esta prestación está incluida dentro de la acción protectora del Régimen General y de los Regímenes Especiales que integran el Sistema de la Seguridad Social, con las particularidades y salvedades que, en cada caso y para cada modalidad, se indican en el respectivo Régimen Especial. Junto a ella, pervive la pensión de vejez del Régimen residual del SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez).Abogados Laboralistas.
  • Vacaciones.
  • Convenios colectivos.
  • Sanciones laborales.
  • Contratos: A tiempo parcial, formativos, de interinidad, de obra o servicio determinado, eventual por circunstancias de la producción, indefinido, de relevo, de trabajadores con minusvalías, etc.
  • Mobbing.
  • Acoso laboral
 
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